Funciones

Funciones del Rector Ing. Eduin Meriño M.

En concordancia con las disposiciones legales en materia de Educación y en lo atinente a lo dispuesto en la Ley General de educación y lo establecido en la Ley 715 del 2001 Artículo 10, son funciones del Rector de la institución Educativa Técnica Agropecuaria Mamón de María las siguientes:

  1. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la Comunidad Educativa.
  2. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos Órganos del Gobierno Escolar.
  3. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la Comunidad Escolar.
  4. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución.
  5. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos Inter. Institucionales para el logro de las metas educativas.
  6. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaria de Educación Municipal, Departamental o quien haga sus veces.
  7. Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.
  8. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
  9. Programar y Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
  10. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
  11. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
  12. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
  13. Gerencia el establecimiento educativo con eficiencia, eficacia y efectividad
  14. Promover y promocionar el establecimiento educativo como una empresa social del estado
  15. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
  16. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución.
  17. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada 6 meses.
  18. Administrar el fondo de servicio educativo y los recursos que por incentivos se les asignen, en los términos de la presente ley.
  19. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
  20. Cumplir con las funciones que le asigne la secretaría de educación departamental de Bolívar para la correcta prestación del servicio educativo.
  21. Otorgar distinciones o imponer sanciones a los estudiantes de la Institución según el reglamento o el Acuerdo de Convivencia social de esta Institución, en concordancia con lo que al respecto disponga el Ministerio de Educación Nacional de conformidad a lo establecido en la ley general de educación Art. 132.
  22. Sancionar Disciplinariamente a los Docentes de la Institución Educativa de conformidad con el Estatuto Docente y lo establecido en la Ley 115 de 1994 artículo 130, Ley 715, Ley 734 del 2.002 y a los funcionarios Administrativos de acuerdo con lo establecido en la carrera administrativa.
  23. Encargar de funciones a otra persona calificada vinculada a la Institución por ausencia temporal o definitiva del titular del cargo, mientras la autoridad competente suple la ausencia o provee el cargo de conformidad a lo establecido en el artículo 131 de la Ley 115 de 1994.

Funciones del Coordinador Boris Simarra

De conformidad a las disposiciones establecidas en la legislación para la educación y en coordinación a la estructura administrativa interna de la Institución les corresponde a los coordinadores, asumir simultáneamente las representaciones tanto en el nivel académico como en lo disciplinario, teniendo las siguientes funciones:

  1. Colaborar con el rector en la planeación y evaluación Institucional.
  2. Dirigir la planeación y programación académica de acuerdo con los objetivos de la educación y los estándares curriculares.
  3. Organizar a los profesores por niveles, grados y áreas.
  4. Coordinar la acción académica con la de administración de alumnos y profesores.
  5. Establecer canales y mecanismo de comunicación en Interrelación con el cuerpo de docentes.
  6. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas que se lleven a cabo en la Institución.
  7. Dirigir la evaluación de rendimiento académico y adelantar acciones que permitan mejorar la retención escolar.
  8. Controlar y contribuir al mejoramiento de los estudiantes en cuanto a la presentación personal.
  9. Elaborar el horario general de clases del plantel, en colaboración con los jefes de área.
  10. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
  11. Rendir periódicamente informe al Rector de la Institución sobre los resultados de las actividades académicas programadas e informar los resultados
  12. Presentar al rector las necesidades, el material didáctico que requieran las áreas para el buen desempeño de las actividades.
  13. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes velar por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y, materiales puestos a su disposición.
  14. Participar, dirigir y supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.
  15. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos
  16. Tener como base la dignidad del ser humano a la hora de tomar decisiones, cuando fuese necesario en las distintas reuniones que se celebren con el cuerpo de docente de la Institución, y ser ecuánime con los mismos.
  17. Controlar la entrada y salidas tanto de alumnos como docentes pares la buena marcha de la Institución, autorizando los permisos cuando así se justifique por horas.
  18. Dirigir, supervisar y asesorar a los profesores en planeamiento y programación en las distintas áreas, nivel y grado.
  19. Visitar periódicamente las clases de teoría y práctica de cada una de las especialidades, tanto nivel primario como nivel secundario y medio.
  20. Controlar e informar al Rector sobre la asistencia y el cumplimiento de las funciones y deberes de los profesores.
  21. Autorizar con el visto bueno del Rector, los trabajos a particulares y controlar su correcta aplicación.
  22. Promover la capacitación y actualización de los docentes a su cargo.
  23. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Rector de acuerdo a la naturaleza del cargo.

Funciones de los y las Docentes

Con fundamento a las normas en materia de educadores, y acorde con las disposiciones legales y las establecidas en el régimen interno de la institución Educativa Técnica Agropecuaria Mamón de maría los Docentes tendrán las siguientes funciones:

  1. Establecer las bases en el desarrollo intelectual, social, afectivo y físico de los estudiantes de la institución educativa para una adecuada formación académica.
  2. Ser guía y orientador en el proceso educativo de los estudiantes de la institución para una formación integral, y a su vez rendir informe al coordinador o Director de grupo sobre el rendimiento académico y de la convivencia social en la Institución
  3. Hacer trascendencia en los valores formativos de la institución,
  4. Cumplir con el manual de funciones educativas que establece el Ministerio de Educación, y acorde con las disposiciones que establezca la Secretaria de Educación Departamental en coordinación con el Calce No 10.
  5. Cumplir con las normas internas establecidas por el Rector coordinador, Consejo Académico, y Consejo Directivo, en cumplimiento a las disposiciones legales.
  6. Informar al coordinador en sus ausencias temporales por causa de enfermedad, u otro aspecto que lo obligue a la no asistencia de sus labores.
  7. Ser responsable con sus actividades encomendadas por la ley, y por la dirección de la Institución Educativa.
  8. Ser prudente y respetuoso con sus compañeros de labores y mantener el mejor equilibrio emocional.
  9. Cumplir cabalmente con el horario de clase, que haya establecido la Institución para el año Escolar respectivo, y con los turnos de disciplina que le sean asignados.
  10. Rendir informe académico y disciplinario de los estudiantes periódicamente a las Comisiones de Evaluación de la Institución Educativa.
  11. Colaborar en la proyección y ajustes del PEI
  12. Tener responsabilidad con la disciplina en los turnos que le sean asignados y a su vez dirigir y orientar a los alumnos para lograr un mejor éxito en la formación académica del estudiante, e igualmente participar en la realización de las actividades complementarias
  13. Presentar oportunamente al coordinador del área las estrategias metodológicas de los resultados de la evaluación continua de los estudiantes a su digno cargo.
  14. Ejercer la Dirección del grupo que le sea asignado por el consejo académico
  15. Presentar los planes operativos de los grados asignados en el área de su competencia.
  16. Velar y responder por el buen uso de los equipos y materiales didácticos a su disposición dentro de la Institución en las horas laborables.
  17. Proporcionar la orientación y guía de las actividades curriculares, para que los estudiantes se apropien de los conceptos.
  18. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva.
  19. Programar y organizar las actividades de enseñanza y aprendizaje de las asignaturas a su cargo de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área
  20. Coordinar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza y aprendizaje.
  21. Presentar al Coordinador Académico informe de rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los periodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma.
  22. Participar en los comités en que sea requerido.

Funciones de la Bibliotecaria

Considerando que toda entidad o establecimiento educativo público, requiere de la constitución de una biblioteca para la prestación del servicio a los estudiantes y cuerpo de profesores, se le atribuyen funciones de Bibliotecario a un miembro de la comunidad que tendrá las siguientes funciones:

  1. Establecer el control en el préstamo de libros y materiales didácticos a los estudiantes y profesores, los cuales deberán firmar comprobantes de salidas y comprobantes de devolución de los mismos.
  2. Organizar, clasificar y catalogar el material que exista en la biblioteca, y llevar un libro de control de los mismos.
  3. Establecer un archivo con sus respectivos tarde de la existencia de los elementos y materiales existentes.
  4. Programar las actividades de conferencias, estudios y videos educativos que a bien se deseen desarrollar dentro de la biblioteca por parte de los docentes o estudiantes.
  5. Atender al público cuando así lo requiera para casos de investigación, en especial a la asociación de padres de familia o funcionarios externos del gobierno municipal o departamental.
  6. Responsabilizarse por la documentación a su digno cargo y todas aquellas demás funciones que le sean útiles para el buen funcionamiento de la biblioteca.
  7. Cumplir con su horario de labores de conformidad a lo dispuesto.
  8. Acatar las órdenes de la dirección cuando así lo requiera.
  9. Velar por el buen uso, mantenimiento de los libros y material a su cargo.
  10. Dirigir y hacer respetar el círculo de la biblioteca en los momentos que sea utilizada por los estudiantes y demás funcionarios de la Institución.

Funciones de la Secretaria

En cumplimiento a las disposiciones en materia de secretariado, toda secretaria(o) tendrá las siguientes funciones:

  1. Ser eficiente y discreta(o) para la buena marcha en el funcionamiento interno de la institución.
  2. Ser responsable en el desarrollo de sus actividades.
  3. Coordinar las actividades de diario , para mejor organización del trabajo.
  4. Cumplir a cabalidad con las funciones encomendadas por el rector.
  5. Velar por la buena presentación de los informes que se establezcan en la institución
  6. Tener buenas relaciones interpersonales con los funcionarios de la institución, población estudiantil como también con las personas externas que se presenten en determinado momento en la institución.
  7. Tener ética y profesionalismo en el cargo de su competencia, para la buena imagen de la institución.
  8. Cumplir con el horario de labores establecido
  9. Organizar y actualizar la documentación de los alumnos, y del personal en general que labora con la Institución Educativa.
  10. Tomar dictados y realizar toda clase transcripciones que le sean encomendadas para el buen funcionamiento de la Institución.
  11. Mantener un archivo alfabético de toda la documentación que repose en la Institución., como también elaborar los certificados que le sean asignados y refrendar con su firma los mismos.
  12. Velar por que se mantengan los equipos en buen estado que estén a su manejo.
  13. Llevar correctamente en el libro el registro de matrícula de los estudiantes, como también los registros de las calificaciones. y los demás libros que hagan parte del proceso estudiantil a cargo de la dirección del plantel.
  14. Recibir clasificar, archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados.

Auxiliar de Servicios Generales

Son funciones de la auxiliar de servicios generales de la institución las siguientes:

  1. Realizar el aseo de los salones, baños y patios de la institución educativa, para la buena imagen de la Institución, y cumplir el horario de labores.
  2. Darle buen uso a los elementos o materiales que son utilizados para la prestación del servicio, además ser responsable con las actividades encomendadas, y mantener buenas relaciones interpersonales con todos los funcionarios que laboran en la institución, colaborando a su vez en cualquier solicitud de aseo que requiera en determinado momento cualquier funcionario
  3. Mantener organizado el patio/Jardín interno de la Institución, y hacer buen uso y conservación del agua, igualmente informar a la dirección cualquier anomalía que se presente en el desarrollo de las actividades.

Celadores

En lo atinente a la parte administrativa, y con respecto a lo de celaduría, existen disposiciones legales de responsabilidad y cumplimiento que hacen determinar las siguientes funciones así:

  1. Mantener el control de entrada y salida del personal que labora en la Institución, como también el de la Población estudiantil.
  2. Ser custodio de los bienes muebles e inmuebles y demás elementos de la Institución durante el horario de labores, y cuidar el Jardín
  3. Mantener en su poder durante las labores de trabajo las llaves de la Institución, para el mejor control y ejercer la vigilancia en la sede que le haya sido asignado de conformidad a la rotación de los turnos.
  4. No dejar Ingresar a la Institución personas extrañas y en caso que requieran de cualquier funcionario o estudiante estará en la obligación de solicitarle al visitante el documento de identidad mientras ingresa a la Institución
  5. No dejar salir a ningún estudiante después de haber ingresado a la Institución Educativa, hasta tanta no sea la hora de salida normal, al menos que tenga la autorización del coordinador.
  6. Responder por todos los elementos habidos en la Institución, desde el momento de ingreso a sus labores de Celaduría.
  7. Acatar las órdenes exclusivas de sus superiores (Rector, Coordinador, Administrador) para el buen funcionamiento de la Institución.
  8. Responder por cualquier elemento que se pierda en horas de sus labores, hasta el punto de pagarlo o reintegrarlo.
  9. Denunciar ante el órgano competente, cualquier situación anómala que se presente en la Institución que vaya en detrimento de la misma
  10. Mantener responsabilidad y buena conducta en la Institución Educativa.
  11. Registrar en el libro de control de turno las anomalías que se hayan
  12. presentado y rendir informe a la dirección o a quien haga sus veces
  13. Cumplir cabalmente con el horario de labores establecido por la ley
  14. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas